Para vecinos, cuidadores y protectoras
¿Tu ayuntamiento todavía no tiene programa? Esto es lo que puedes hacer
La ley obliga a los ayuntamientos a gestionar los gatos comunitarios, pero muchos aún no han empezado. Hay vías legales, gratuitas y sin abogado para pedirlo. Te las ordenamos de la más amable a la más formal.
Paso 0 · Comprobar
Mira si tu municipio ya tiene programa
Busca tu municipio en el observatorio. Si ya tiene programa, ofrece tu ayuda como cuidador. Si no aparece, puede que lo tenga igualmente y no haya pedido la ayuda del Ministerio: pregúntalo antes de reclamar nada.
Paso 1 · Hablar
Pide una reunión con la concejalía
Muchos ayuntamientos pequeños no lo hacen por desconocimiento, no por falta de voluntad. Lleva laguía rápida y ofrece la colaboración de quienes ya cuidáis las colonias. Pregunta si la Diputación tiene ayudas.
Paso 2 · Preguntar
Solicita información pública
Con la Ley de transparencia puedes preguntar si hay programa, censo, partida y gasto. Deben responder en un mes (dos si avisan de que lo amplían). Si no lo hacen o lo deniegan, tienes un mes para reclamar gratis: ante el Consejo de Transparencia si el ayuntamiento está en Asturias, Baleares, Cantabria, Extremadura, La Rioja, Ceuta o Melilla, y ante el organismo de su comunidad en el resto.
Paso 3 · Pedir
Presenta un escrito de petición
El derecho de petición permite pedir formalmente que se apruebe el programa. Deben acusar recibo en 10 días y contestar en 3 meses. Si lo firmáis varias personas o una asociación, tiene más peso.
Paso 4 · Proponer
Haz llegar una moción a los grupos municipales
Cualquier grupo o concejal puede llevarla al Pleno. Dásela con tiempo para que entre en el orden del día: en los municipios de hasta 5.000 habitantes hay Pleno ordinario al menos cada tres meses. Te damos el texto.
Si nadie la presenta, los vecinos podéis llevarla como iniciativa popular. Hacen falta las firmas del 20 % de los vecinos con derecho a voto en municipios de hasta 5.000 habitantes (el 15 % hasta 20.000 y el 10 % por encima). El Pleno tiene que debatirla y votarla (art. 70 bis.2 de la Ley 7/1985). En un pueblo pequeño son unas pocas decenas de firmas.
Paso 5 · Reclamar
Reclama contra el presupuesto si no incluye la partida
Solo durante los 15 días hábiles de exposición pública del presupuesto. Te explicamos cómo debajo.
Paso 6 · Si nada funciona
Acude al Defensor del Pueblo
La queja es gratuita y se presenta en línea. Algunas comunidades autónomas tienen su propio defensor. En Castilla y León, el Procurador del Común ya ha recomendado a varios ayuntamientos que ejerzan estas competencias yque aprueben en Pleno su programa de colonias felinas.
Modelos de escrito
- Solicitud de acceso a información pública sobre las colonias felinasPide al ayuntamiento, con la Ley 19/2013 de transparencia, si tiene programa, censo, presupuesto y gasto. Plazo de respuesta: un mes.
- Escrito de petición para que el ayuntamiento apruebe el programa de colonias felinasDerecho de petición (Ley Orgánica 4/2001). Se puede presentar en cualquier momento; el ayuntamiento debe acusar recibo en 10 días y contestar en 3 meses.
- Modelo de moción para los grupos municipalesMoción para que un grupo municipal o un concejal lleve al Pleno la aprobación del programa de colonias felinas, una partida propia y la acreditación de cuidadores.
- Reclamación al presupuesto municipal por omitir el crédito del programa de colonias felinasEscrito al Pleno durante los 15 días hábiles de exposición pública del presupuesto (art. 170.2.b y c del TRLRHL), apoyado en los arts. 38 y 39 de la Ley 7/2023 y con el crédito calculado a partir de los gatos del municipio.
La reclamación al presupuesto, paso a paso
Cuándo
- Otoño-inviernoEl Pleno aprueba inicialmente el presupuesto del año siguiente (a veces se retrasa a los primeros meses del año).
- Día 0Se publica el anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (o en el de tu comunidad, si es uniprovincial). Vigílalo o pide al ayuntamiento que te avise.
- 15 días hábilesPlazo para reclamar, contado desde la fecha que indique el anuncio (normalmente el día siguiente a su publicación). No cuentan sábados, domingos ni festivos. No lo dejes para el último día.
- 1 mesEl Pleno tiene un mes para resolver y aprobar definitivamente el presupuesto. Si no responde a tu reclamación en esa aprobación, se entiende denegada.
Quién puede
- Cualquier persona que viva en el municipio.
- Quien resulte directamente afectado aunque no viva allí.
- Asociaciones constituidas para defender intereses vecinales o profesionales, en defensa de los suyos.
Art. 170.1 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Cómo presentarla
- En la sede electrónica del ayuntamiento, como instancia general dirigida al Pleno.
- Si no tiene sede o falla, en el Registro Electrónico Común o, si la presentas como particular, en cualquier registro público u oficina de Correos.
- Si la presenta una asociación, tiene que hacerlo por internet: en papel no vale y contaría la fecha del día en que lo corrija. Mejor que firme también algún vecino a título personal.
- Guarda siempre el justificante con la fecha.
En qué se apoya
El art. 170.2.b del TRLRHL solo admite reclamar «por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo». La Ley 7/2023 obliga al ayuntamiento a tener un programa (art. 39.1), a asumir la atención veterinaria de los gatos comunitarios que la necesiten (art. 39.1.c) y a esterilizarlos e identificarlos a su nombre (art. 38.2). Todo eso exige gasto.
Mientras tanto, cómo ayudar sin empeorar las cosas
Sí
- Esteriliza e identifica a tu propio gato: es obligatorio.
- Apunta las colonias que conoces y cuántos gatos hay: será el primer censo.
- Si ya cuidas una colonia, pide por escrito que la registren y que te den de alta como cuidadora, con lasolicitud de registro de colonia y lasolicitud de alta. La ley llama cuidadora a la persona autorizada, y algunas ordenanzas sancionan dar de comer sin serlo. Mientras tanto, mantén limpio el lugar y usa pienso seco.
- Contacta con la protectora de tu zona.
No
- No abandones animales ni sueltes gatos en una colonia: está prohibido y castigado.
- No dejes restos de comida húmeda que atraigan a otros animales.
- No publiques la ubicación exacta de las colonias en redes.
- No traslades gatos por tu cuenta: la ley lo limita.
- Hoja informativa para los vecinosUna página para el tablón, la web o el buzoneo: qué es el método CER, qué hace el ayuntamiento y qué puede hacer cada vecino.
Dónde presentar y a quién acudir
- Registro Electrónico Común (REC)Para presentar un escrito dirigido a cualquier ayuntamiento, si su sede electrónica no lo permite.
- Consejo de Transparencia y Buen GobiernoReclamación si el ayuntamiento no responde a una solicitud de información. Algunas comunidades tienen su propio consejo.
- Defensor del PuebloQueja gratuita si la administración no cumple. Varias comunidades tienen además su propio defensor.
- Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animalesArts. 38 a 42: gatos comunitarios y obligación municipal de tener un Programa de Gestión de Colonias Felinas. Arts. 73 a 76: infracciones y sanciones.