Registro de actividades de tratamiento: colonias felinas y personas cuidadoras
Nota del modelo: Cada responsable debe llevar un registro de sus actividades de tratamiento con el contenido del artículo 30.1 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD). Los ayuntamientos, además, deben publicar un inventario de esas actividades por medios electrónicos, con su base legal (art. 31.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre). Añade esta ficha a vuestro registro y comunícala al delegado de protección de datos (art. 31.1).
Nota del modelo: Muchos ayuntamientos pequeños tienen el delegado de protección de datos a través de la diputación: el RGPD permite designar uno solo para varias autoridades u organismos públicos (art. 37.3).
Actividad de tratamiento
Gestión del Programa municipal de gestión de colonias felinas: registro de colonias, registro y acreditación de personas cuidadoras, censo de gatos comunitarios e incidencias vecinales.
1. Responsable del tratamiento
Ayuntamiento de [MUNICIPIO]. NIF: [NÚMERO]. Dirección: [DIRECCIÓN]. Correo: [CORREO]. Órgano que lo gestiona: [ÓRGANO RESPONSABLE].
2. Delegado de protección de datos
[NOMBRE Y APELLIDOS O ENTIDAD (por ejemplo, la Diputación Provincial de PROVINCIA)]. Correo: [CORREO].
Nota del modelo: La designación es obligatoria cuando el tratamiento lo lleva a cabo una autoridad u organismo público (art. 37.1.a del RGPD).
3. Fines del tratamiento
- Inscribir y mantener el registro municipal de colonias felinas, con su censo y su historial sanitario.
- Acreditar a las personas cuidadoras, expedir y, en su caso, retirar su carnet, y coordinar su actividad.
- Organizar la esterilización, identificación y atención veterinaria de los gatos comunitarios.
- Atender las quejas e incidencias vecinales.
- Elaborar el informe estadístico anual para la comunidad autónoma.
4. Base jurídica
- Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable (art. 6.1.e del RGPD).
- Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales: gestión de los gatos comunitarios por las entidades locales y regulación de los cuidadores de colonias (art. 39.1), y [LEY AUTONÓMICA DE BIENESTAR ANIMAL] y [PROTOCOLO MARCO AUTONÓMICO].
- [Ordenanza reguladora de la gestión de las colonias felinas, publicada en el (BOLETÍN OFICIAL) de (FECHA).]
5. Categorías de interesados
- Personas cuidadoras de colonias, solicitantes y acreditadas.
- Vecinos y vecinas que presentan quejas o comunicaciones.
- Titulares de terrenos privados donde hay colonias.
- Personal de entidades colaboradoras y de la clínica veterinaria contratada, en lo necesario para su intervención.
6. Categorías de datos personales
- Identificación y contacto: nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y correo electrónico.
- Acreditación: fecha de nacimiento (para comprobar la mayoría de edad), formación realizada y sus resultados, número y vigencia del carnet, colonias asignadas y, en su caso, incidencias y resoluciones de suspensión o retirada.
- Quejas: descripción de los hechos y respuesta dada.
- Ubicación de las colonias. No son datos personales de los gatos, pero su ubicación exacta se trata como información reservada.
Nota del modelo: No se tratan categorías especiales de datos (salud, ideología y otras del art. 9 del RGPD). Si un formulario las pide, quítalas.
7. Destinatarios
- Clínica veterinaria contratada, como encargado del tratamiento, solo los datos necesarios para coordinar capturas y retornos (art. 28 del RGPD).
- [Entidad de protección animal con convenio, en los términos del convenio.]
- [Proveedor de la aplicación de gestión, como encargado del tratamiento.]
- Órgano de [COMUNIDAD AUTÓNOMA] competente en bienestar animal: recibe el informe estadístico anual (art. 39.1.g de la Ley 7/2023) sin datos personales, solo cifras agregadas.
- Juzgados, Ministerio Fiscal y fuerzas de seguridad, cuando lo exija la ley.
8. Transferencias internacionales
No se prevén. [Si la aplicación o el correo usan servidores fuera del Espacio Económico Europeo, indícalo con sus garantías.]
9. Plazos de supresión
- Personas cuidadoras: mientras dure la acreditación y, después, [NÚMERO] años para atender posibles responsabilidades y recursos.
- Quejas e incidencias: [NÚMERO] años desde su respuesta.
- Expedientes y resoluciones: según la normativa de archivos y documentos de [COMUNIDAD AUTÓNOMA] y el calendario de conservación municipal.
- Censo de colonias: mientras exista la colonia; los datos estadísticos sin datos personales pueden conservarse sin límite.
Nota del modelo: Los datos no deben mantenerse identificables más tiempo del necesario para sus fines (art. 5.1.e del RGPD). Si no tenéis calendario de conservación, pregunta a la diputación o al archivo provincial.
10. Medidas de seguridad
Las del Esquema Nacional de Seguridad (Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo), que deben aplicar las entidades locales a sus tratamientos de datos personales (disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2018). En resumen:
- Acceso solo para el personal autorizado, con usuario y contraseña personales y registro de accesos.
- Copias de seguridad periódicas.
- Los encargados del tratamiento se obligan por contrato a aplicar las mismas medidas.
- La ubicación exacta de las colonias no se publica: en mapas y documentos públicos solo figura la zona aproximada.
- Los carnets muestran solo nombre, número y vigencia; no el DNI completo ni la dirección.
Nota del modelo: Revisa esta ficha cada vez que cambie el programa, la aplicación que uséis o los encargados del tratamiento.
En [MUNICIPIO], a [FECHA].
En [LUGAR], a [FECHA].
El/La Alcalde/sa
Fdo.: [NOMBRE Y APELLIDOS]